CONDICIONES GENERALES
- El yate está asegurado a todo riesgo. Las condiciones del seguro, supuestos que cubre e indemnizaciones, son las que obran en la póliza correspondiente.
- Todos los gastos de avituallamiento, carburantes, lubricantes, gas, hielo, amarres, impuestos, derechos de puerto y, en general, todas las materias consumibles necesarias para el buen orden y cuidado del yate durante el periodo de arrendamiento serán por cuenta del arrendatario.
- El hecho de que el arrendatario se vea privado de utilizar el yate, parcial o definitivamente, debido a avería producida durante el periodo de arrendamiento, no le dará derecho a solicitar el recobro de las cantidades abonadas, sea cual fuere la causa de la avería, salvo en el supuesto de que fuera manifiesta y tajantemente imputable a la arrendadora, en cuyo caso el arrendatario será reembolsado por los días que le faltasen para el cumplimiento del contrato, menos uno del total del alquiler, sin otra responsabilidad.
- El incumplimiento de los pagos, en la forma, plazos y cantidades que se estipulan en el anverso deL contrato, suspenderán la validez del contrato de alquiler, quedando como indemnización a favor de Menorca Nautic sl, las cantidades recibidas en concepto de reserva, sin otras responsabilidades.
- Si el contratante cancela o anula el arrendamiento 90 días antes de la fecha prevista de embarque, Menorca Nautic sl, devolverá el 70 % de las cantidades recibidas, otorgándose el 30 % de dicha reserva por gastos de expediente y oficina. El periodo de arrendamiento no podrá ser variado salvo conformidad con Menorca Nautic sl.
- El embarque de armas, estupefacientes y animales queda totalmente prohibido. El contratante solo podrá embarcar el número de personas autorizado por el certificado de seguridad de la embarcación.
- El contratante se obliga a utilizar el yate alquilado adecuadamente a lo legislado por las Autoridades de Marina, Aduana, Hacienda, Policía y Sanidad. El arrendatario remitirá a Menorca Nautic sl, los documentos y titulación necesarios para el manejo de la embarcación alquilada, conjuntamente con el contrato para poder cumplimentar los requisitos de las Autoridades de la Comandancia de Marina de Menorca. Menorca Nautic sl, se reserva el derecho de no poner a disposición del cliente el barco, si el patrón no pareciera disponer de la necesaria pericia y competencia, no obstante los títulos presentados. En este caso Menorca Nautic sl devolverá las cantidades recibidas, quedando resuelto automáticamente el contrato sin que puedan pedirse recíprocamente indemnización alguna por daños y perjuicios.
- En el supuesto de negligencia en el uso del barco infringiendo la legislación vigente, será motivo de rescisión instantánea del contrato, quedando las cantidades pagadas a favor de Menorca Nautic sl.
- Cada día de retraso en la devolución del yate alquilado a su base de salida, se facturará al doble de la tarifa aplicada. Las condiciones meteorológicas no son motivo suficiente en el retraso de devolución de la embarcación.
- El puerto de entrega y devolución del barco es el de Maó. Los yates se hallan a disposición del arrendador a partir de la hora y fecha contratados. Los barcos se deberán entregar a la arrendataria el día y hora especificados en el acontrato de alquiler, con el equipaje y pertenencias de la tripulación situados fuera del yate, con el fin de facilitar el inventario del yate devuelto.
- Cuando el arrendamiento se realiza sin patrón, el contratante deberá depositar una fianza-caución variable según la categoría del yate. La fianza establecida quedará afectada en su caso por responder de los retrasos, pérdidas , averías, daños producidos a la embarcación o pertrechos durante el periodo del contrato, por el arrendatario. Dicha cantidad o la diferencia resultante de la liquidación será entregada al cliente una vez devuelta la embarcación o terminada la reparación de los daños, en su caso.
- Se realizará en el embarque y desembarque el inventario pertinente de pertrechos, equipos, existencias, etc. del yate contratado.
- La subcontratación queda totalmente prohibida. El contratante se obliga en el uso del yate únicamente para si mismo, familia , amigos o personal propio, quedando totalmente prohibidos los transportes de mercancías, pasajeros de pago, pesca comercial, regatas u otras actividades no contempladas en la navegación de recreo.
- En el caso de infracción de las ordenanzas de aduanas por el contratante, éste se hará cargo de todas las sanciones, multas, etc. En caso de precinto del yate alquilado, el arrendatario tendrá que abonar una indemnización igual a la tarifa de alquiler en vigor hasta la restitución y libre disposición del yate.
- Las partes contratantes se someten a la jurisdicción de los Tribunales de Justicia, Marina de Maó, para resolver cualquier discrepancia motivada por la interpretación o cumplimiento de los contratos realizados.
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